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Tráfico de drogas: dónde se gana (y se pierde) realmente la defensa
En los delitos de tráfico de drogas existe una idea equivocada: que todo se decide el día del juicio. Mi experiencia dice lo contrario —buena parte de estas causas se resuelven mucho antes, en detalles técnicos que la mayoría no mira—.
El registro domiciliario
El primero es el registro. La entrada en un domicilio exige auto judicial motivado, salvo flagrancia o consentimiento del titular. Un registro defectuoso —sin motivación suficiente, fuera de los límites de la autorización— puede arrastrar la nulidad de todo lo hallado en él, y con ello de la prueba que sostiene la acusación.
La cadena de custodia
El segundo es la cadena de custodia: la sustancia intervenida debe estar documentada sin interrupciones desde su incautación hasta su análisis, de modo que quede garantizado que lo analizado es exactamente lo que se ocupó. Si esa cadena se rompe o se documenta mal, la fiabilidad del resultado queda en entredicho —y en muchas causas ahí está la clave de la defensa—.
Cantidad, pureza e intención
El tercero es la pericial de cantidad y pureza, y la distinción entre tenencia para el consumo propio —que no es delito— y la destinada al tráfico, que se infiere de indicios (cantidad, forma de distribución, útiles) cada uno de los cuales puede discutirse. A ello se añade el control de la legalidad de escuchas y seguimientos.
Detectar estos defectos a tiempo, ya en la instrucción, es la defensa técnica que de verdad cambia el resultado —no la que se improvisa el día de la vista—.
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