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Defensa en robos y hurtos
Del hurto leve al robo con violencia hay un mundo de diferencia en las penas — y la calificación casi nunca es tan clara como sostiene la acusación. Defensa desde la detención, con los detalles que cambian el resultado.
Hurto, robo con fuerza, robo con violencia: tres delitos distintos
El hurto (artículo 234 CP) es apoderarse de algo ajeno sin fuerza ni violencia; si el valor no supera los 400 euros es delito leve, castigado con multa. El robo con fuerza en las cosas (artículo 238: escalamiento, fractura, llaves falsas…) y el robo con violencia o intimidación (artículo 242) son figuras mucho más graves, con penas de prisión que se agravan en casa habitada o con uso de armas. Entre una calificación y otra pueden ir años de diferencia — y esa discusión es el corazón de la defensa.
Dónde se discuten estas causas
- La identificación del autor: reconocimientos fotográficos y en rueda, cámaras, huellas — diligencias con requisitos que no siempre se cumplen.
- La calificación: ¿hubo realmente fuerza en los términos del Código? ¿Violencia o un simple tirón? ¿Consumación o tentativa?
- El valor de lo sustraído, que separa el delito leve del menos grave y condiciona la pena.
- Las circunstancias personales: atenuantes como la drogadicción, la reparación del daño o la confesión.
- La devolución de los efectos y el acuerdo indemnizatorio, que pueden mejorar sustancialmente el resultado.
Cómo trabajo estas causas
Asistencia desde la detención, revisión del atestado y de las diligencias de identificación, estrategia de calificación y — cuando es lo que más conviene al cliente — negociación de conformidades con reducción de pena. En delitos leves, defensa en el juicio inmediato; en robos graves, el procedimiento completo hasta el recurso.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales en robos y hurtos
¿Qué diferencia hay entre hurto y robo?
El hurto es el apoderamiento sin fuerza en las cosas ni violencia en las personas; el robo exige fuerza (fractura, escalamiento, llaves falsas…) o violencia o intimidación. La diferencia de penas es muy notable, y muchos hechos calificados inicialmente como robo admiten discusión seria.
¿Importa el valor de lo sustraído?
Mucho: en el hurto, los 400 euros separan el delito leve (multa) del delito menos grave (prisión de 6 a 18 meses). La tasación pericial del valor es impugnable y conviene revisarla siempre.
¿Qué pena tiene un robo con violencia?
De 2 a 5 años de prisión con carácter general, con agravaciones si se usan armas u otros instrumentos peligrosos. En tentativa o con atenuantes la pena baja de forma relevante — de ahí la importancia de pelear la calificación y las circunstancias.
Devolví lo sustraído, ¿cuenta a mi favor?
Puede contar: la reparación del daño antes del juicio es una atenuante expresa, y el acuerdo indemnizatorio con el perjudicado suele facilitar conformidades con penas menores. Es una vía que valoro siempre con el cliente cuando los hechos lo permiten.
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