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Defensa en delitos económicos

Estafas, apropiación indebida, blanqueo, insolvencias punibles, falsedades. Procedimientos con mucha documentación, pericias contables y, a menudo, años de instrucción: exigen una defensa minuciosa desde el primer día.

Qué abarca el derecho penal económico

Bajo esta etiqueta se agrupan delitos muy distintos: la estafa (artículos 248 y siguientes del Código Penal), la apropiación indebida, la administración desleal, el blanqueo de capitales (artículo 301), las insolvencias punibles, los delitos societarios, las falsedades documentales o los delitos contra la Hacienda Pública. Cada uno tiene sus propios elementos y sus propias defensas, pero comparten un rasgo: la prueba es fundamentalmente documental y pericial, y la frontera entre el incumplimiento civil y el delito no siempre es donde la acusación dice que está.

Esa frontera es, muchas veces, el corazón de la defensa: no todo impago es una estafa ni toda gestión discutible es una administración desleal. El engaño, el dolo y el perjuicio hay que probarlos — y discutirlos técnicamente.

Causas complejas, con calma y con método

Estos procedimientos suelen arrastrar años de instrucción, miles de folios, comisiones rogatorias y pericias contables. También, con frecuencia, presión mediática y un enorme desgaste personal para el investigado. Mi método es el mismo que en el resto de mi ejercicio: estudio íntegro de la causa, delimitación precisa de lo que se atribuye a mi cliente, pericias de contraste cuando hacen falta y una estrategia definida desde la instrucción — que es donde estas causas se encauzan o se tuercen.

Blanqueo, banca clandestina y delito fiscal

Un frente cada vez más frecuente son las investigaciones por blanqueo vinculadas a redes informales de envío y compensación de dinero — la llamada banca clandestina —, que la Audiencia Nacional instruye como macrocausas: decenas de investigados, registros simultáneos en naves y comercios e intervención masiva de cuentas. En estos procedimientos defiendo la posición individual de cada investigado: no todo movimiento de efectivo es blanqueo, y el origen lícito del dinero se puede — y se debe — acreditar.

A ello se suman los delitos contra la Hacienda Pública y el contrabando: fraudes de IVA en la importación, facturación irregular, regularizaciones. Son causas donde la pericial contable y la estrategia temprana marcan la diferencia entre una sanción administrativa y una condena penal.

Cómo trabajo estas causas

  • Análisis completo de la documentación y de los informes periciales de la acusación.
  • Pericias contables y económicas de parte, cuando el caso lo requiere.
  • Defensa en la instrucción: declaraciones, delimitación del objeto y peticiones de sobreseimiento.
  • Atención a la responsabilidad civil y a las medidas cautelares patrimoniales (embargos, fianzas).
  • Juicio oral y recursos; y, cuando de verdad conviene al cliente, negociación de un acuerdo con las acusaciones.

Si buscas abogada penalista en Pamplona, actúo en Pamplona y su comarca; y como abogada penalista en Navarra, en los cinco partidos judiciales de la comunidad y en toda España.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales en delitos económicos

¿Qué delitos se consideran económicos?

Entre otros: estafa, apropiación indebida, administración desleal, blanqueo de capitales, insolvencias punibles, delitos societarios, falsedades y delitos contra la Hacienda Pública. Son figuras distintas con defensas distintas — lo primero es identificar con precisión qué se imputa y sobre qué hechos concretos.

Estoy investigado por estafa, ¿qué debo hacer?

No declarar sin preparación y buscar defensa cuanto antes. La estafa exige engaño previo y dolo, y muchos conflictos que llegan a los juzgados como estafa son en realidad incumplimientos civiles. La estrategia se decide tras estudiar la documentación — nunca antes.

¿Puede acabar en prisión una causa económica?

Puede: hay tipos con penas superiores a los dos años, y los agravantes (cantidades, pluralidad de perjudicados) las elevan. Precisamente por eso conviene una defensa técnica desde la instrucción, donde se juega la calificación de los hechos y, con ella, el rango de pena.

¿Qué es la «banca clandestina» y por qué se persigue como blanqueo?

Así se llama a las redes informales de transferencia y compensación de dinero al margen del sistema financiero. La acusación suele calificarlas como blanqueo de capitales y organización criminal, en macrocausas instruidas en la Audiencia Nacional. La defensa exige individualizar cada posición y acreditar, cuando existe, el origen lícito de los fondos y la finalidad real de los envíos.

¿Qué es el blanqueo de capitales?

Adquirir, poseer, utilizar o transmitir bienes sabiendo que proceden de una actividad delictiva, o realizar actos para ocultar ese origen. Es un delito que la acusación tiende a añadir a otras imputaciones, y que exige probar el origen delictivo de los bienes y el conocimiento de ese origen — dos frentes claros de defensa.